Ley 24.703
PROHIBESE LA VENTA EN JUGUETERÍAS O LOCALES SIMILARES DE REPLICAS O
IMITACIONES DE ARMAS CUYO FUNCIONAMIENTO SEA PRODUCIDO POR MECANISMOS,
AUTOMÁTICO O SEMIAUTOMÁTICO, DETERMINADAS BALLESTAS Y OBJETOS PUNZANTES QUE
CUENTEN CON HOJAS DE METAL Y CONTORNOS DE FILO.
Decreto
1.177/1996
OBSERVASE PARCIALMENTE, PROMULGÁNDOSE EN EL RESTO, EL
PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL 24.703 - PROHÍBE VENTA DE REPLICAS DE
ARMAS Y SIMILARES EN JUGUETERÍAS.
|