Bs. As., 20/4/2005
VISTO el Expediente Nº 1532/05 del Registro de esta
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 19.549, la
Resolución S.R.T. Nº 605 del 08 de abril de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución S.R.T. Nº 605/ 05 el Sr.
Superintendente delegó las funciones propias de su cargo entre los días 11 y 22
de abril del corriente inclusive, en el Gerente General del Organismo, Dr.
Carlos Aníbal RODRIGUEZ, con motivo de su concurrencia por ese período a la "X
Conferencia Internacional sobre Jornadas Respiratorias Ocupacionales" que se
realiza en la ciudad de Beijing, REPUBLICA POPULAR CHINA, a fin de asegurar la
continuidad de las funciones de esta S.R.T.
Que por un error involuntario se ha procedido a registrar
desde la Resolución S.R.T. Nº 625 hasta la Resolución S.R.T. Nº 768 con fecha 11
de abril de 2005, siendo que en dicha fecha el Sr. Superintendente se encontraba
ausente.
Que por lo expuesto, corresponde dictar un nuevo acto
administrativo, rectificando la fecha de Registro de las normas citadas en el
párrafo ut supra, a fin de realizar el ajuste de la irregularidad.
Que corresponde se deje constancia de la rectificación, en
cada uno de los Expedientes S.R.T. que dieron origen a las mencionadas
Resoluciones.
Que la Subgerencia de Asuntos Legales ha tomado la
intervención que le corresponde, en cumplimiento de lo prescripto en el inciso
d) del artículo 7º de la Ley Nº 19.549.
Que conforme a la Resolución S.R.T. Nº 605 del 08 de abril de
2005, el suscripto se halla a cargo de este Organismo de control, mientras dure
la ausencia transitoria de su titular.
Por ello,
EL GERENTE GENERAL A CARGO DE LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS
DEL TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1º — Rectifícase el registro de las Resoluciones
S.R.T. Nº 625 hasta la Resolución S.R.T. Nº 768 inclusive, realizado con fecha
11 de abril de 2005, como registradas con fecha 08 de abril de 2005, por ser
ésta la fecha real de su emisión.
Art. 2º — Procédase a incorporar copia de la presente en
cada uno de los Expedientes S.R.T. que han dado origen a las Resoluciones
rectificadas.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Carlos A. Rodríguez.
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