Bs. As., 16/1/2009
VISTO el Expediente Nº 12.758/08 del Registro
de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 24241, Nº
24.557, Nº 26.337, Nº 26.425, los Decretos Nº 357 de fecha 21 de febrero de
2002, Nº 2104 y Nº 2105 de fecha 4 de diciembre de 2008, la Resolución S.R.T. Nº
224 de fecha 14 de febrero de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley sobre Riesgos del
Trabajo ha creado la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como
entidad autárquica del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, hoy
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que el artículo 36, apartado 1º, inciso e), de
la Ley Nº 24.557 establece dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., las
de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio y determinar su
estructura organizativa.
Que mediante el dictado de la Resolución S.R.T.
Nº 224 de fecha 14 de febrero de 2008, se aprobó la actual estructura orgánico
funcional de esta S.R.T..
Que en atención a lo dispuesto por el artículo
15 de la Ley Nº 26.425 y los Decretos Nº 2.104 y Nº 2.105, ambos de fecha 4 de
diciembre de 2008, las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central creadas
por la Ley Nº 24.241, que se encontraban dentro de la órbita de la
SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, se
transfirieron a esta S.R.T..
Que atento al impacto operativo provocado por
la mencionada transferencia, en las actividades propias de este Organismo de
control, surge la necesidad de crear una Gerencia de Sistemas que asuma las
tareas inherentes al Departamento de Sistemas Informáticos e incorpore acciones
de la Gerencia de Operaciones.
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado
la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las
atribuciones emergentes del artículo 36, apartado 1º, inciso e) de la Ley Nº
24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
Art. 1º — Crear la
Gerencia de Sistemas en el ámbito de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.).
Art. 2º — Sustituir
el Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 224 de fecha 14 de febrero de 2008 por el
Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º — Modificar
el Anexo II de la Resolución S.R.T. Nº 224/08, respecto de las Responsabilidades
Primarias y Acciones asignadas a la Gerencia de Operaciones, e incorporar al
mismo las Responsabilidades Primarias y Acciones que se asignan a la Gerencia de
Sistemas, de conformidad con lo que se establece en el Anexo II que forma parte
de la presente resolución.
Art. 4º — La
presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan González Gaviola.
ANEXO I

ANEXO II: GERENCIA DE OPERACIONES
Responsabilidad Primaria
Entender en la planificación, coordinación,
gestión y control de los recursos económicos, financieros y patrimoniales del
Organismo, y en la implementación de la política de Recursos Humanos fijada por
el Superintendente.
Dependen de esta Gerencia los Departamentos de
Secretaría General, de Recursos Humanos, así como la Subgerencia de
Administración.
Acciones
1. Planear, coordinar, analizar, controlar y
gestionar las acciones inherentes al desarrollo y administración de los Recursos
Humanos, proponiendo y desarrollando los instrumentos y acciones consecuentes
con el modelo de Gestión de Recursos Humanos del Organismo.
2. Administrar la gestión de los recursos
físicos, patrimoniales y financieros de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.) y del movimiento de fondos.
3. Elaborar el presupuesto anual y controlar
su ejecución.
4. Coordinar los procesos de mejora continua
del modelo organizacional y de gestión de la S.R.T. que permitan el logro de la
misión y visión del Organismo.
5. Suministrar la información necesaria del
área para la elaboración de los indicadores de gestión – Tablero de Comando.
GERENCIA DE SISTEMAS
Responsabilidad Primaria
Entender en el desarrollo y la implementación
de sistemas para lograr eficiencia en el procesamiento de la información y
calidad de procesos, y en la definición de la arquitectura informática, las
políticas orgánicas de Seguridad Informática y en la supervisión de su correcta
aplicación.
Acciones
1. Definir la arquitectura informática del
Organismo.
2. Relevar, analizar y evaluar requerimientos
de servicio informático formulados por los distintos sectores de la S.R.T..
3. Elaborar e implementar conjuntamente con
las áreas requirentes "proyectos de informatización" de procedimientos y
trámites administrativos del Organismo.
4. Brindar asistencia técnica a los diversos
sectores de la S.R.T. para lograr la optimización en el uso de los recursos
informáticos.
5. Participar en el desarrollo de acciones de
capacitación e inducción en materia de sistemas informáticos dirigidos a los
usuarios de esta S.R.T., incluyendo la elaboración de manuales cuando el
proyecto lo exija.
6. Asegurar el resguardo de la información
institucional informatizada.
7. Realizar el mantenimiento y soporte de
equipamiento, sistemas informáticos, servicios de telecomunicaciones, telefonía
y los medios de almacenamiento masivo de datos velando por su adecuado
funcionamiento.
8. Brindar el soporte técnico de los sistemas
o herramientas informáticas necesarias para posibilitar el intercambio de
información calificada con otros actores del sistema.
9. Intervenir en la formulación de las
especificaciones técnicas de los pliegos de adquisición y contratación de
equipos, servicios e insumos informáticos, así como en la recepción y control de
su calidad y prestaciones.
10. Proponer la renovación de equipos y
actualización del software en consonancia con las necesidades de las distintas
áreas del Organismo y/o la evolución de la tecnología en general.
11. Diseñar y proponer las políticas de
seguridad del Organismo a fin de ser elevadas al Comité de Seguridad de la
Información para su puesta en vigencia.
12. Implementar las Políticas de Seguridad de
la Información vigentes definiendo modelos que incluyen los permisos y perfiles
de acceso a la red de datos del Organismo.
13. Controlar el cumplimiento y aplicación de
las Políticas de Seguridad vigentes en el Organismo.
14. Desarrollar y mantener los sitios de la
S.R.T. en INTERNET e INTRANET de acuerdo a los lineamientos establecidos en las
Políticas de Seguridad de la Información vigentes en el Organismo y lo requerido
por cada unidad orgánica de la S.R.T..
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