Bs. As., 11/3/2009
VISTO, el Expediente Nº 0705/04 del Registro de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), con su agregado S.R.T. Nº
1.372/06, la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, la Decisión Administrativa
Nº 669 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 20 de diciembre de 2004,
la Resolución Nº 45 de la SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de fecha 24 de
junio de 2005, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN (O.N.T.I.) Nº 6 de fecha 25 de julio de 2005, las Resoluciones S.R.T.
Nº 1343 de fecha 14 de diciembre de 2006, S.R.T. Nº 224 de fecha 14 de febrero
de 2008, S.R.T. Nº 23 de fecha 16 de enero de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el continuo avance de los procesos tecnológicos de
gestión, información y de las comunicaciones contribuyen al incremento de la
productividad de la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL y a optimizar el mejor
manejo de la información, reduciendo los costos asociados a su traslado y a su
archivo.
Que dichos avances hacen necesario la definición de políticas
de seguridad informática tendientes a establecer un marco de seguridad de la
información que permita minimizar los riesgos de destrucción, acceso no
permitido y violación de la confidencialidad, sea esta última accidental o
deliberada.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 669/04 de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS establece que los Organismos del Sector
Público Nacional comprendidos en el artículo 7º deberán dictar o bien adecuar
sus políticas de seguridad de la información conforme a la Política de Seguridad
Modelo.
Que el artículo 7º de la Decisión Administrativa antes citada
establece que la misma será de aplicación a los organismos comprendidos en el
inciso a) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de
los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que la SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA dictó la
Resolución Nº 45 de fecha 24 de junio de 2005 mediante la cual se faculta al
Director Nacional de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN (O.N.T.I.)
a aprobar la Política de Seguridad de la Información Modelo.
Que por la Disposición O.N.T.I. Nº 006/05 se aprobó la
"Política de Seguridad de la Información Modelo", base para la elaboración de
las políticas a dictarse por cada organismo alcanzado por la Decisión
Administrativa Nº 669/04.
Que esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.)
cuenta con Políticas de Seguridad Informática aprobadas mediante la Disposición
de la Gerencia General (G.G.) Nº 80 de fecha 06 de septiembre de 2004.
Que por Resolución S.R.T. Nº 1343/06 se creó el Comité de
Seguridad destinado al tratamiento de los temas relacionados a la Seguridad de
la Información.
Que el artículo 4º de dicha Resolución establece que son
funciones del Comité de Seguridad, entre otras, revisar y adaptar las Políticas
de Seguridad existentes; proponer a la máxima autoridad del Organismo para su
aprobación la Política de Seguridad de la Información y las funciones generales
en materia de seguridad de la información; aprobar las principales iniciativas
para incrementar la seguridad de la información de acuerdo a las competencias y
responsabilidades asignadas a cada área, así como acordar y aprobar metodologías
y procesos específicos relativos a la seguridad de la información; evaluar y
coordinar la implementación de controles específicos de seguridad de la
información para nuevos sistemas o servicios y promover la difusión y apoyo a la
seguridad de la información dentro del Organismo.
Que constituido el Comité de Seguridad, aprobó el nuevo
Modelo de Política de Seguridad de la Información que como Anexos I a VIII forma
parte del presente.
Que en consecuencia corresponde se derogue la Disposición de
la Gerencia General (G.G.) Nº 80/04.
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha emitido dictamen de
legalidad, conforme el artículo 7º, inciso d), de la Ley Nº 19.549.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades
conferidas en el artículo 36 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
Art. 1º — Aprobar la Política de Seguridad de la
Información de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) que
constituyen los Anexos I a VIII de esta resolución.
Art. 2º — Derogar la Disposición de la Gerencia General (G.G.)
Nº 80 de fecha 06 de septiembre de 2004.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H. González Gaviola.
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