Bs. As., 5/5/2009
VISTO el Expediente Nº 3588/09 del Registro de esta
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 19.549 y Nº
24.557 sobre Riesgos del Trabajo, las Resoluciones S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de
noviembre de 2001, S.R.T. Nº 489 de fecha 20 de noviembre de 2002, S.R.T. 839 de
fecha 22 de abril de 2005, S.R.T. Nº 446 de fecha 26 de abril de 2006, S.R.T. Nº
555 de fecha 27 de abril de 2007 y S.R.T. Nº 534, de fecha 29 de abril de 2008,
y
CONSIDERANDO:
Que el apartado 2 del artículo 1º de la Ley Nº 24.557,
establece como sus objetivos: a) reducir la siniestralidad laboral a través de
la prevención de los riesgos derivados del trabajo; b) reparar los daños
derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, incluyendo la
rehabilitación del trabajador damnificado; c) promover la recalificación y la
recolocación de los trabajadores damnificados; y d) promover la negociación
colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevención y de las
prestaciones reparadoras.
Que el artículo 35 de la Ley sobre Riesgos del Trabajo, creó
esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica
del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.) —hoy
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.)—.
Que mediante el dictado de la Resolución S.R.T. Nº 512 de
fecha 15 de noviembre de 2001, esta S.R.T. aprobó el Programa de Promoción de
Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo, cuya finalidad
es el fomento, desarrollo y divulgación de actividades científicas y técnicas,
relacionadas con la prevención, tratamiento, rehabilitación, legislación y
gestión de los riesgos del trabajo.
Que a tal efecto la Resolución S.R.T. Nº 839 de fecha 22 de
abril de 2005, dispuso que en el mes de abril de cada año la Coordinación del
Programa formulará un Plan de Acción y un Presupuesto de gastos y recursos a
ejecutarse durante los DOCE (12) meses siguientes y que las actividades de dicho
programa serán financiadas con cargo a los excedentes del Fondo de Garantía de
la Ley de Riesgos del Trabajo (L.R.T.)
Que en tal sentido es necesaria la aprobación del plan de
acción conteniendo las líneas de investigación, para el período 2009-2010.
Que similar medida se dispuso, en su momento, a través de las
Resoluciones S.R.T. Nº 489 de fecha 20 de noviembre de 2002, S.R.T. Nº 839 de
fecha 22 de abril de 2005, S.R.T. Nº 555 de fecha 27 de abril de 2007 y S.R.T.
Nº 534 de fecha 29 de abril de 2008.
Que en virtud de la experiencia adquirida a través de los
años se introducen algunas modificaciones al modelo de convenio a suscribir con
los investigadores, por lo que procede la sustitución del Anexo III de la
Resolución S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001, texto según
resolución S.R.T. Nº 555 de fecha 27 de abril de 2007.
Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad, con la
conformidad expresa de la Subgerencia de Administración, informó que el
expediente del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557, cuenta con fondos
suficientes.
Que la Gerencia de Asuntos Legales emitió el pertinente
dictamen de legalidad, conforme lo normado en el artículo 7º, inciso d) de la
Ley Nº 19.549.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 33 apartado 4 y 36 de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase el Plan de Acción del Programa de
Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo
que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución, a ejecutarse
a partir del mes de abril de 2009 y por el término de UN (1) año.
ARTICULO 2º — Procédase al llamado a convocatoria para la
presentación de proyectos de investigación en el marco del Plan de Acción
aprobado en el artículo precedente.
ARTICULO 3º — Apruébase el Presupuesto de Gastos y Recursos
del Programa de Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre
Riesgos del Trabajo correspondiente al citado Plan de Acción por un monto total
de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 270.000.-). Dicho presupuesto, será afectado
a los excedentes del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557, conforme lo
dispuesto por el artículo 14 de la Resolución S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de
noviembre de 2001 —texto según Resolución S.R.T. Nº 839 de fecha 22 de abril de
2005—.
ARTICULO 4º — La Coordinación del Programa de Promoción de la
Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo será ejercida
por el Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas.
ARTICULO 5º — Sustitúyese el Anexo III de la Resolución S.R.T.
Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001 —texto según Resolución S.R.T. Nº 555 de
fecha 27 de abril de 2007—, por el Anexo II que forma parte de la presente
resolución.
ARTICULO 6º — Facúltase a la Gerencia de Asuntos Legales a
realizar las modificaciones y adecuaciones que considere conveniente al momento
de la suscripción del acuerdo, aprobado según el Anexo II de la presente
Resolución.
ARTICULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Dr. JUAN H.
GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.
ANEXO I
PLAN DE ACCIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN,
FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN SOBRE RIESGOS DEL TRABAJO
PERIODO abril 2009 - abril 2010
Objetivo: Poner en marcha la etapa de la convocatoria
determinada por la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.)
Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001 fomentando, desarrollando y divulgando
actividades científicas y técnicas relacionadas con la prevención, tratamiento,
rehabilitación, legislación y gestión de los riesgos del trabajo en su sentido
más amplio, apuntando prioritariamente a la prevención.
1. Llamado a presentar proyectos - Convocatoria
El llamado a presentar proyectos será dado a conocer en al
menos DOS (2) medios nacionales y también será girado por correo a todas las
Universidades Públicas dentro de los TREINTA (30) días hábiles de emitida la
resolución.
2. Presentación de Proyectos
Los proyectos serán presentados teniendo en cuenta lo
estipulado en el artículo 8º y Anexo II de la Resolución S.R.T. Nº 512 de fecha
15 de noviembre de 2001, dentro de los NOVENTA (90) días corridos de la
publicación de la convocatoria, conteniendo un original y TRES (3) copias. De no
presentarse lo requerido, los proyectos no serán considerados.
La matriz de planificación del proyecto a que se hace
referencia en el Anexo II, punto 2.4 de la Resolución S.R.T. Nº 512/01, deberá
ajustarse a la descripción de las etapas de investigación propias de cada
disciplina de acuerdo al objeto de estudio y podrá, a criterio del investigador,
encuadrarse según Marco Lógico.
3. El Comité Evaluador
El Comité Evaluador estará constituido por investigadores y
profesionales de distintas disciplinas reconocidos por su idoneidad y capacidad
en los temas seleccionados. Tendrá como funciones específicas:
a) Evaluar los proyectos presentados
b) Emitir informe científico técnico sobre la elección de los
proyectos.
c) Evaluar y emitir informe científico técnico sobre los
informes de avance presentados por los investigadores seleccionados.
d) Evaluar y emitir informe científico técnico sobre los
informes finales de cada UNO (1) de los proyectos presentados.
e) Los informes científico técnico elaborados por el Comité
Evaluador deberán estar firmados por todos sus integrantes.
El Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas, a
través del área de Investigaciones en Salud Laboral, aportará asesoramiento
científico técnico a los miembros del Comité Evaluador. El Comité Evaluador se
reunirá en los plazos estipulados para la entrega de los informes en la sede de
la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.).
El Comité Evaluador revisará los informes de avance o finales
y labrará un acta a los efectos de su aprobación o no, dejando constancia de los
motivos de la decisión. Dicha acta se remitirá al Instituto de Estudios
Estratégicos y Estadísticas para su conformidad y posterior envío a la
Subgerencia de Administración.
El Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas dará a
conocer la integración del Comité Evaluador antes del cierre de la convocatoria.
4. Presentaciones
Los proyectos serán presentados en papel y disquete o Cd. en
formato Word "sólo lectura", original y copias por triplicado y en sobre
cerrado. Deberá asimismo acompañarse Currículum Vitae del presentante, fotocopia
del D.N.I. y los datos de la institución en la cual se desempeña —previendo que
al momento de la asignación del proyecto deberá contar con aval suficiente—, el
pedido de cooperación económica y la línea de trabajo a la que se presenta. De
no presentarse lo requerido, los proyectos no serán considerados.
Sólo podrán presentarse a esta convocatoria investigadores o
instituciones residentes en el país. No podrán presentarse a la convocatoria
investigadores que pertenezcan a la Planta Permanente o Transitoria de esta
S.R.T. o se encuentren vinculados a ella por contrato de locación de servicios,
incluyendo los celebrados con Organismos Internacionales para prestar tareas en
este Organismo.
Los proyectos podrán ser presentados:
• Personalmente en la Mesa de Entradas de la S.R.T.:
Bartolomé Mitre Nº 751 - Piso 3º, Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, en el horario
de 9.30 a 17.30. El/la presentante traerá un remito o copia de la primera hoja
del proyecto para ser recepcionado por la Mesa de Entradas.
• Por Correo se remitirá a la misma dirección, con acuse de
recibo y con fecha de envío comprobable que no supere la fecha límite
establecida.
5. Líneas Prioritarias
Las que siguen son las líneas que se han considerado
prioritarias y los lineamientos particulares que deberán contener:
Línea Nº 1.: Accidentalidad en jóvenes trabajadores
Objetivo de la propuesta: Evaluar las condiciones laborales
de trabajadores jóvenes, entre 16 y 23 años, que durante los dos primeros años
de su actividad laboral sufrieron por lo menos un accidente de trabajo.
Lineamientos: Reconocer las características principales de
los accidentes a partir del análisis de casos individuales y las condiciones y
medioambiente de trabajo al momento de dichos accidentes.
Deberán tenerse en cuenta, en todos los casos, variables
tales como nivel educativo, trayectoria laboral, formas de contratación del
trabajador, antigüedad en la tarea y tipo de capacitación recibida del
empleador.
Deberá incluirse trabajadores de tres tipos de actividades
económicas diferentes que representen los sectores primario, secundario y
terciario.
Como consecuencia de la investigación se deberá elaborar una
propuesta para obtener un programa de intervención en materia de promoción o
prevención relativo a la salud y seguridad en el trabajo para ser aplicado en el
ámbito de la educación secundaria y/o primaria.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 2.: Programas de intervención en salud y seguridad
en el trabajo en la construcción
Objetivo de la propuesta: Evaluar la existencia de programas
de promoción de la salud y prevención de accidentes de trabajo en obras de
construcción, y su calidad en términos de impacto, con el propósito de adoptar
modelos de gestión en materia de salud y seguridad en dicha actividad.
Lineamientos: Deberán elaborarse indicadores de eficacia de
los programas o intervenciones realizadas entre los cuales deberían
considerarse, por ejemplo:
• Tasa de accidentalidad.
• Indicador de uso del sistema de riesgos del trabajo,
incluyendo un análisis de sistemas alternativos (obras sociales, hospitales
públicos) sobre posibles patologías de origen laboral.
• Análisis de realización y resultados de los exámenes
periódicos. Establecer el porcentaje de empresas que realizan dichos exámenes.
• Considerar aspectos inherentes al empleador que puedan
explicar los resultados (tamaño de la empresa, modo de remuneración, etc.).
• Descripción de los casos mortales mediante análisis de
árbol de causas.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 3.: Incorporación de tecnología y su impacto en la
salud de los trabajadores
Objetivo de la propuesta: Reconocer y describir el impacto en
materia de salud y seguridad en el trabajo, de la incorporación de nuevas
tecnologías que hubieran determinado nuevas modalidades de trabajo en la
actividad económica de servicios y/o en la industria manufacturera.
Lineamientos:
Describir las características del proceso de renovación
tecnológica, haciendo referencia los siguientes aspectos y sus relaciones:
Respecto del equipamiento técnico deberá:
• Describir las nuevas modalidades tecnológicas motivo de la
investigación, incluyendo maquinaria, fuentes de energía y materias primas.
• Evaluar la existencia y las características de capacitación
dada a los trabajadores en el uso de la maquinaria.
• Motivos de la incorporación de esa nueva tecnología
(obsolescencia del anterior equipamiento, aumento de la productividad,
incorporación de nuevos procesos, etc.).
• Identificar el impacto en la salud de los trabajadores
vinculado con la incorporación de nuevas tecnologías en sus puestos de trabajo,
considerando un eventual reemplazo de riesgos.
• Deberá incluirse la evaluación de los riesgos
psicosociales.
Monto: PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000).
Línea Nº 4.: Evaluación de riesgos laborales e impacto en la
salud en trabajadoras de sexo femenino en distintos sectores (industria
manufacturera, hotelería, gastronomía y salud).
Objetivo de la propuesta: Descripción de riesgos laborales
considerando características femeninas y evaluación del impacto en la salud de
las mujeres.
Lineamientos:
El estudio deberá abarcar algunos de los siguientes aspectos:
fisiológicos, específicamente el perfil de fertilidad, las diferencias
socioculturales, el fenómeno de la "doble presencia", la calificación
profesional, aspectos ambientales, la participación en la toma de decisiones en
el trabajo y diferentes modalidades de gestiones entre el trabajo y la vida
privada.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 5.: Percepciones acerca de los riesgos del trabajo y
la prevención en trabajadores y empleadores. Elaboración de mecanismos
preventivos derivados.
Objetivo de la Propuesta: Reconocer similitudes y diferencias
en la percepción y valoración del riesgo, así como en el rol de la prevención,
entre los empleadores y trabajadores, para favorecer una gestión integrada de la
prevención de riesgos laborales.
Objetivos específicos:
• Analizar las percepciones de los trabajadores respecto de
su salud, los riesgos de sufrir accidentes laborales o padecer enfermedades
profesionales y las estrategias de prevención desarrolladas en su ámbito de
trabajo.
• Analizar las percepciones de los empleadores respecto de
los riesgos existentes en los establecimientos laborales, los mecanismos
preventivos existentes y los programas de promoción y prevención de dichos
riesgos.
Lineamientos:
Indagar las percepciones de los trabajadores y empleadores (o
sus representantes en los establecimientos) respecto al rol en materia de salud
y seguridad de los servicios preventivos, las Aseguradoras de Riegos del Trabajo
(A.R.T.) y los representantes gremiales. Llevar a cabo análisis en dos tipos de
empleadores: entre aquellos que tengan menos de CINCUENTA (50) trabajadores y
entre los que tengan más de CIEN (100) trabajadores en su plantilla.
El propósito último será aportar elementos que estimulen un
marco de negociación para el acuerdo de medidas de prevención.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea Nº 6.: Estudio de Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo en aeroaplicadores del sector agropecuario. Elaboración de propuestas
preventivas para el sector.
Objetivos: Efectuar un relevamiento en terreno de los agentes
de riesgo existentes en la actividad y elaborar propuestas de prevención de los
mismos.
Lineamientos:
Entre las dimensiones a tener en cuenta en el relevamiento
deberán estar presentes, como mínimo, las siguientes:
• Riesgos vinculados con la manipulación, transporte,
aplicación, almacenamiento, envase y rotulado de plaguicidas y/o agroquímicos,
así como con la disposición final de sus recipientes, restos o desechos.
• Riesgos derivados de la organización del trabajo.
• Aspectos psicosociales.
• Riesgos tecnológicos y de seguridad.
• Riesgos del medio ambiente físico de trabajo.
• Aspectos ergonómicos
• Existencia y utilización de EPP adecuados en los procesos
de manipulación, transporte y disposición final de los plaguicidas y/o
agroquímicos
• Relevamiento de accidentes y enfermedades laborales, así
como de los mecanismos de atención médica utilizados frente a los mimos.
• Tener en cuenta aquellos requerimientos normativos que
colaboren en la seguridad del proceso de trabajo, como la habilitación de las
aeronaves, la licencia y realización de los exámenes psicofísicos del piloto, la
accesibilidad al Sistema de Riegos del Trabajo y demás aspectos.
El trabajo tendrá que propiciar soluciones técnicas,
atendiendo de forma especial a su aplicación entre monotributistas, autónomos y
PyMES, factibles de acuerdo con la realidad nacional en base a la normativa
medioambiental vigente.
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
Línea Nº 7.: Capacitación en el mundo del trabajo
Objetivo: Elaborar un inventario de intervenciones
preventivas en capacitación laboral en empresas, teniendo como eje su magnitud
(presencia de las mismas) y los resultados a partir de su ausencia y presencia o
la modalidad en que se desarrollan.
Lineamientos:
A partir de la definición, identificación y descripción de
"programa de capacitación laboral", se busca determinar la presencia de
componentes ligados a promoción de la salud y a la prevención de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales y su impacto en las condiciones de
seguridad en ámbitos productivos.
A través de la investigación se deberá identificar, al menos:
• Formas de capacitación impartidas a los trabajadores, su
tipificación.
• Analizar la su eficacia y efectividad, y eventualmente, su
eficiencia.
• Actividades de los programas de capacitación, identificando
sus actores.
• La percepción de los trabajadores sobre el impacto de la
capacitación recibida.
• En caso de que se consideren varios establecimientos,
considerar aspectos comparativos entre las diferentes tipologías de capacitación
y la existencia o no de los componentes en materia de promoción de la salud y
prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Monto: PESOS VEINTE MIL ($ 20.000).
Línea 8.: Posibles causas del aumento de la duración media de
las bajas por Incapacidad Laboral Temporaria (I.L.T.). Un análisis de caso: el
sector de la construcción.
Objetivo: Identificar posibles causas del incremento de la
duración media de las bajas producidas por I.L.T. y de sus desviaciones a partir
de un análisis estadístico y de una investigación transversal en terreno del
sector de la construcción.
Universo de análisis: para realizar la investigación en
terreno, seleccionar una muestra de trabajadores de la construcción que hayan
tenido un accidente de trabajo en los últimos tres años. Se podrán utilizar
encuestas u otras técnicas de recolección de datos que se estimen pertinentes.
Lineamientos:
• Realizar un análisis estadístico del incremento de la
duración media de las bajas en los accidentes de trabajo denunciados al Sistema
de Riesgos del Trabajo, estratificados por naturaleza de la lesión, forma de
ocurrencia del accidente, zona del cuerpo afectada, región geográfica, sexo,
ocupación, y rama de actividad en el período 1997-2007.
• Indagar las causas de la duración media de las bajas en el
sector de la construcción a partir de una investigación en terreno. Considerar:
tipo de contrato, sistema de prestadores médicos de la ART, y caracterización de
los accidentes de trabajo (naturaleza de la lesión, forma de ocurrencia, zona
del cuerpo afectada y región geográfica de ocurrencia).
Monto: PESOS QUINCE MIL ($ 25.000).
Línea Nº 9.: Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo
Objetivo: Reconocer y analizar con detalle motivos por los
cuales los trabajadores iniciaron reclamos en sede judicial como consecuencia
del acaecimiento de contingencias laborales.
Lineamientos:
Precisar las causas del inicio de reclamos en sede judicial
por parte de los trabajadores sin recurrir previamente a la intervención de la
sede administrativa prevista en el Sistema de Riesgos del Trabajo.
Analizar, considerando la variable regional —reflejando la
ciudad en la que se encuentra radicado el juzgado o tribunal interviniente— las
causas del inicio de la acción judicial, subdividiéndolas en los siguientes
grupos:
a) determinación de la naturaleza laboral de la contingencia,
a.1) por no encontrarse la patología incluida en el listado de enfermedades
profesionales (Decreto Nº 659/96); a.2) empleador no asegurado (incumplimiento a
la obligación impuesta por el artículo 27, apartado 1 de la Ley Nº 24.557);
b) prestaciones dinerarias: insuficiencia de las mismas tal
como están previstas en el Sistema de Riesgos del Trabajo;
c) Comisiones médicas: incompetencia de las mismas.
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
Línea Nº 10.: Condiciones y medioambiente de trabajo (CyMAT)
de la actividad avícola e impacto en la salud. Plantas faenadoras.
Objetivo: Evaluar el impacto en términos de accidentabilidad
laboral (accidentes y especialmente enfermedades profesionales) de agentes de
riesgos presentes en la mencionada actividad y proponer herramientas para la
prevención de los mismos. Se deberá focalizar en el sector industrial del
encadenamiento productivo o faena.
Lineamientos:
• Reconocer gradientes en los perfiles de accidentabilidad
por puestos de trabajo, por tipos de producción y por área geográfica.
• Identificar riesgos considerando los distintos sectores en
el proceso de trabajo.
• Describir la magnitud y distribución de alteraciones de la
salud relacionadas con los puestos de trabajo expuestos a movimientos
repetitivos. En este caso, el estudio deberá ponderar variables de edad, sexo,
antigüedad en el puesto y duración de la jornada de trabajo.
• Identificación de la especificidad de la relación
exposición-efecto.
• El estudio deberá proporcionar información aplicable a la
implementación de programas de prevención de estas patologías
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
Línea 11.: Descripción de condiciones y medio ambiente de
trabajo (CyMAT) e impacto en la salud de los trabajadores con particular
atención a los trastornos musculoesqueléticos y enfermedades tumorales de la
actividad de fabricación de neumáticos.
Objetivos de la propuesta:
a) Reconocer las principales características de las
condiciones y medio ambiente de trabajo de la actividad de fabricación de
neumáticos y eventual impacto en términos de efectos sobre la salud.
Elementos a incluir:
• Considerar características de la organización del trabajo,
incluyendo modalidades contractuales, distribución del tiempo de trabajo.
• Describir condiciones físicas del trabajo, incluyendo
esfuerzos, gestos y movimientos.
• Reconocer factores de riesgo en las materias primas,
procedimientos y productos intermedios utilizados en la fabricación de
neumáticos, en particular eventuales cancerígenos y sustancias sensibilizantes.
• Identificación de la especificidad de la relación
exposición-efecto.
b) Proponer métodos, instrumentos de prevención e indicadores
de impacto tendientes al monitoreo de la actividad.
Monto: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).
6. Evaluación de las Propuestas
Las propuestas de proyectos presentados serán estudiadas y
evaluadas por el Comité Evaluador conforme los siguientes criterios:
• Conformidad de la presentación con lo prescrito en la
Resolución S.R.T. Nº 512/01 y esta resolución;
• Coherencia de la propuesta con las líneas consideradas
prioritarias;
• Antecedentes institucionales/personales en la materia en la
que se pretende cooperación;
• Coherencia interna y pertinencia de la metodología con el
objetivo;
• Originalidad de la propuesta.
Si resultase necesario, la Coordinación del Programa de
Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo
convocará a personas/instituciones para requerir información complementaria
respecto de la propuesta.
7. Resultados de la evaluación de las propuestas.
De las presentaciones puede resultar que alguna de las líneas
no cuente con postulaciones, o que el Comité Evaluador considere que no reúna la
calidad pretendida. En este caso la línea se considerará desierta. Las cifras
asignadas para la/s líneas consideradas desiertas podrán ser reasignadas para el
resto de las líneas a propuesta del Comité Evaluador y con la conformidad del
Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas.
Si hubiese más de una presentación que resultara de interés,
para algunas o todas las líneas, el Comité Evaluador con la conformidad del
Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas efectuará un ordenamiento de
las mismas objetivando las razones para la clasificación de prioridad adoptada.
De acuerdo a los recursos provistos podrá definirse cooperación para el proyecto
calificado en primer lugar o para más de un proyecto sobre la misma línea,
siempre y cuando signifiquen aportes diferentes a la problemática abordada.
El Comité Evaluador emitirá un dictamen técnico, con los
resultados de la evaluación de las propuestas, el que será elevado al Señor
Superintendente, en un plazo máximo de NOVENTA (90) días corridos a partir del
vencimiento del plazo para la presentación de los proyectos. Con la conformidad
expresa del Señor Superintendente con relación al dictamen elevado, se procederá
a comunicar a los postulantes los resultados de las evaluaciones de los
proyectos.
Toda presentación o requerimiento sólo podrá realizarse por
nota escrita, ingresada por la Mesa de Entradas del Organismo.
8. Comunicación a los interesados.
Las instituciones/personas cuyos proyectos hayan sido
seleccionados para la cooperación económica serán notificados en forma
fehaciente.
9. Ejecución de los acuerdos.
Los compromisos entre las partes, a los efectos de la
realización de los proyectos seleccionados, se formalizarán a través de la
suscripción de Convenios, en los términos previstos en el Anexo II de la
presente Resolución —modificatorio del Anexo III de la Resolución S.R.T. Nº
512/01—.
La firma de los convenios se realizará en acto público.
Los convenios se cumplirán inexorablemente, no admitiéndose
demoras o modificaciones que no hayan sido debidamente fundamentadas. Por este
último concepto se entenderá a la enunciación, en términos específicos, de los
motivos que provocaron la postergación del envío de los avances, a los que
deberá adjuntarse la documentación de respaldo. Estos elementos aportados por el
investigador deberán ser ingresados por Mesa de Entradas del Organismo, en forma
fehaciente. Asimismo, la aceptación de tal demora será comunicada
fehacientemente por esta S.R.T., a través del Instituto de Estudios Estratégicos
y Estadísticas.
En los casos en que no se cumplieran los plazos en tiempo y
forma y no se respetaran los procedimientos señalados en el párrafo anterior, a
partir del primer día hábil de la fecha prevista para su presentación, la S.R.T.
podrá declarar la caducidad automática del acuerdo, sin necesidad de
notificación alguna. Los informes de avances deberán adecuarse estrictamente al
cumplimiento de cada etapa, si ello no fuese así, el informe no será aprobado y
la S.R.T. podrá declarar la caducidad automática de la asignación de la línea de
investigación, dando por rescindido el acuerdo.
10. Recursos Disponibles.
La suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL ($ 270.000).
Los montos que se consignan en este Anexo tendrán como
destino el conjunto de estudios que se seleccionen para cada línea.
11. Plazo de ejecución de los proyectos, informes y formas
de pago.
El plazo máximo de extensión de las investigaciones no
superará el año calendario contado a partir de la firma del convenio. Durante
ese período de tiempo los beneficiarios presentarán CUATRO (4) informes de
avance y un informe final.
Los informes serán evaluados por el Comité Evaluador y este
dará su conclusión por escrito al Instituto de Estudios Estratégicos y
Estadísticas quien, a su vez, la comunicará a los investigadores. El informe
final se presentará en un plazo máximo de un mes a partir de la finalización de
la investigación.
El informe final deberá ser presentado en papel y en disquete
o Cd en formato Word "sólo lectura". Conforme con el esquema anterior, los pagos
se efectuarán considerando el siguiente esquema:
DIEZ POR CIENTO (10%) contra la aprobación del primer informe
de avance.
QUINCE POR CIENTO (15%) al ser aprobado el segundo informe de
avance.
QUINCE POR CIENTO (15%) al ser aprobado el tercer informe de
avance.
QUINCE POR CIENTO (15%) al ser aprobado el cuarto informe de
avance.
CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) al ser aprobado el informe
final.
En caso que el estudio/producto se obtuviera antes del año,
el Comité Evaluador podrá poner a consideración del Instituto de Estudios
Estratégicos y Estadísticas que comunicará al Superintendente la liquidación de
lo que restase al momento de la aprobación final.
12. Cronograma.
IMAGEN 1 (no disponible)
ANEXO II
MODELO DE CONVENIO
Entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO,
representada en este acto por el Sr. Superintendente, ……………………………….. en adelante
LA S.R.T., con domicilio en calle Bartolomé Mitre Nº 751, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, República Argentina y (denominación de la institución o persona
contraparte), representada en este acto por el Sr. (nombre y cargo de la persona
que suscribe), en adelante LA CONTRAPARTE, con domicilio en la calle (domicilio
de la contraparte), y
CONSIDERANDO:
- El interés común entre las partes de contribuir al
fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo.
- La necesidad de promover y facilitar políticas y acciones
de prevención que contribuyan al aumento de la seguridad y la salud en el
trabajo.
- La importancia de aunar esfuerzos en la prosecución de los
objetivos comunes.
- Los objetivos y mecanismos de gestión previstos por el
Programa de Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos
del Trabajo.
ACUERDAN:
En suscribir el presente Convenio de Cooperación, que será
regido por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La S.R.T. y la contraparte convienen en complementar
sus esfuerzos con el fin de desarrollar la investigación ……………………………..
SEGUNDA: La cooperación técnica y académica entre las partes
se desenvolverá conforme a los procedimientos y mecanismos de gestión del de
Programa de Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos
del Trabajo que la contraparte declara conocer y aceptar.
TERCERA: El proyecto oportunamente presentado por la
contraparte y aprobado por la S.R.T. conforme a los procedimientos y mecanismos
referidos en la cláusula anterior se incorpora al presente como Anexo. Las
partes se comprometen a cumplir en tiempo y forma con los objetivos,
actividades, tareas, cronograma de ejecución, aporte de recursos y costos
establecidos en dicho proyecto.
CUARTA: Los pagos que la S.R.T. deba realizar en virtud del
presente convenio serán efectuados a través de la Cuenta Unica del Tesoro,
conforme establece la normativa vigente, razón por la cual la contraparte deberá
ajustarse a la misma.
QUINTA: La contraparte remitirá a la Coordinación del
Programa la memoria o informe técnico con los resultados de la actividad
realizada en el plazo máximo de un mes a partir de su finalización.
SEXTA: Los resultados del proyecto tendrán un tratamiento
confidencial y serán propiedad de la S.R.T., quien podrá disponer libremente de
los mismos mencionando el presente Convenio. La contraparte se compromete a no
realizar publicaciones sin la autorización expresa de la S.R.T.
SEPTIMA: La contraparte facilitará a la S.R.T. toda la
información necesaria para que ésta realice el seguimiento y la evaluación del
desarrollo del proyecto. Todo cambio, modificación o alteración de aspectos que
hacen al desarrollo de la investigación, deberá ser informado a esta S.R.T.
Cuando el cambio, modificación o alteración se deba a causas imprevisibles o de
fuerza mayor, deberá ser informado fehacientemente en cuanto el hecho causante
del cambio, modificación o alteración tenga lugar. Si como resultado del
seguimiento se aprecian circunstancias que hagan prever la imposibilidad de
llevar a cabo las actividades previstas, podrá interrumpirse la financiación,
así como rescindirse unilateralmente el presente e iniciarse las acciones
legales que procedan.
OCTAVA: La S.R.T. y la contraparte declaran irrevocablemente
que durante la vigencia del presente Convenio se desempeñarán en forma autónoma
e independiente y que la relación que establecen no podrá ser considerada o
entendida en ningún caso, como sociedad y/o asociación, sea transitoria o
definitiva, y que conservarán su total independencia e individualidad jurídica y
administrativa. No existirá entre ellas, ni podrá presumirse, solidaridad
alguna, y la responsabilidad de cada parte frente a terceros será atribuible
exclusivamente por los hechos u omisiones de la actuación de cada parte. Las
partes serán responsables de sus respectivas obligaciones impositivas,
salariales, laborales y comerciales.
NOVENA: En caso que la contraparte incumpla cualquiera de las
obligaciones asumidas en este acuerdo, la S.R.T. tendrá a su cargo la
determinación de la gravedad del incumplimiento de que se trate, pudiendo
aplicar mediante decisión fundada alguna de las siguientes sanciones:
cancelación de la financiación o rescisión del acuerdo sin derecho a
indemnización alguna para la contraparte. Para la aplicación de las sanciones,
el Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticos de la S.R.T. someterá a la
consideración del Comité Evaluador toda circunstancia que pudiera constituir un
incumplimiento.
DECIMA: Las partes constituyen domicilio en los indicados al
comienzo y se someten, para dirimir cualquier divergencia que pudiera suscitarse
en el presente convenio, una vez agotadas todas las instancias administrativas,
a la Jurisdicción de los Tribunales con competencia Federal en lo Contencioso
Administrativo de la Capital Federal, renunciando expresamente a todo otro fuero
o jurisdicción.
En prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto.
En Buenos Aires, a los ……… días del mes de ……………………… del año
dos mil………
|