Bs. As., 30/3/2010
VISTO el Expediente Nº 6.104/08 del Registro de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº
19.549 y Nº 24.557, el Decreto Nº 491 de fecha 29 de mayo de 1997,
las Resoluciones S.R.T. Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001, Nº
839 de fecha 22 de abril de 2005, Nº 534 de fecha 29 de abril de
2008, Nº 1440 de fecha 19 de diciembre de 2008, Nº 100 de fecha 29
de enero de 2009 y Nº 772 de fecha 29 de julio de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 24.557 se creó la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), como entidad
autárquica de regulación y supervisión del Sistema de Riesgos del
Trabajo, quedando a su cargo la administración del Fondo de Garantía
previsto en el artículo 33 de la cita norma legal.
Que a través del mencionado artículo se estableció
que "Los excedentes del fondo, así como también las donaciones y
legados al mismo, tendrán como destino único apoyar las
investigaciones, actividades de capacitación, publicaciones y
campañas publicitarias que tengan como fin disminuir los impactos
desfavorables en la salud de los trabajadores. Estos fondos serán
administrados y utilizados en las condiciones que prevea la
reglamentación".
Que a su vez, el artículo 11 del Decreto Nº 491 de
fecha 29 de mayo de 1997, reglamentario del artículo citado
precedentemente, dispuso que los excedentes del Fondo de Garantía
deberán destinarse a financiar, entre otras, actividades de
capacitación, general y particular y actividades y proyectos de
investigación sobre riesgos derivados del trabajo y su prevención.
Que de esta forma, mediante la Resolución S.R.T.
Nº 512 de fecha 15 de noviembre de 2001, se creó el "Programa de
Promoción de la Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos
del Trabajo", estableciéndose como objetivos del mismo, "el fomento,
desarrollo y divulgación de actividades científicas y técnicas,
relacionadas con la prevención, tratamiento, rehabilitación,
legislación y gestión de los riesgos del trabajo en su sentido más
amplio".
Que el artículo 14 de la Resolución S.R.T. Nº
512/01 —sustituido por el artículo 1º de la Resolución S.R.T. Nº 839
de fecha 22 de abril de 2005—, en su redacción actual dispuso que en
el mes de abril de cada año, la Coordinación del Programa formulará
un Plan de Acción y un Presupuesto de Gastos y Recursos a ejecutarse
durante los DOCE (12) meses siguientes.
Que asimismo, mediante la Resolución S.R.T. Nº 534
del 29 de abril del 2008, se aprobó el Plan de Acción del Programa
de Investigación, Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo
para el período 2008-2009.
Que así pues, se realizó el llamado a presentación
de proyectos para el desarrollo de las NUEVE (9) líneas prioritarias
mediante la aludida resolución, efectuándose la Convocatoria Pública
pertinente.
Que ahora bien, a los fines de llevar a cabo el
procedimiento de selección, mediante la Resolución S.R.T. Nº 1440
del 19 de diciembre del 2008 y su complementaria Resolución S.R.T.
Nº 100 de fecha 29 de enero del 2009 se designó el Comité Evaluador.
Que en fecha 27 de octubre de 2009, el Comité
Evaluador, a través de su Acta, plasmó que se han recibido TREINTA Y
CUATRO (34) proyectos y que sólo han sido evaluados TREINTA Y TRES
(33) debido a que el registrado bajo el Ingreso S.R.T. Nº 26.576/08
fue presentado fuera de término.
Que en este contexto, dicho Comité Evaluador,
habiendo realizado el análisis de las diferentes propuestas de
investigación, dictaminó adjudicando las Líneas Nº 1, Nº 4, Nº 5, Nº
6 y Nº 9, en tanto que para las Líneas Nº 2, Nº 3, Nº 7 y Nº 8 han
sido declaradas desiertas.
Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T.
ha intervenido en el área de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades
conferidas en los puntos 7 y 8 del Anexo de la Resolución S.R.T. Nº
534/08, los artículos Nº 33 inciso 4), Nº 36 y Nº 38 de la Ley Nº
24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
Art. 1º — Apruébase la selección de los
proyectos destinados al Programa de Promoción de la Investigación,
Formación y Divulgación sobre Riesgos del Trabajo, para el período
2008-2009, con una duración anual, de acuerdo a las Líneas de
Trabajo, responsables y temas, que a continuación se detallan:
LÍNEA Nº 1: Alteraciones de la salud de los
trabajadores por patologías no incluidas en el listado de
enfermedades profesionales.
INVESTIGADOR: Licenciada Teresa STONSKI (M.I. Nº
16.895.093).
NOMBRE DEL PROYECTO: "Identificación de Factores
de Riesgo asociados a alteraciones de la salud mental en
trabajadores adolescentes".
LÍNEA Nº 4: Historial y Evolución de alícuotas
utilizadas en el Sistema de Riesgos del Trabajo, Incidencia de los
niveles de riesgo.
INVESTIGADOR: Licenciado Juan Luis BOUR (M.I. Nº
8.288.362), de la Fundación de Estudios Económicos Latinoamericanos
(FIEL).
NOMBRE DEL PROYECTO: "Historial y evolución de
alícuotas utilizadas en el sistema de Riesgos del Trabajo.
Incidencia de los niveles de riesgo."
LÍNEA Nº 5: Descripción de las condiciones y medio
ambiente de trabajo en el sector de la pesca costera.
INVESTIGADOR: Licenciado Juan Martín MOLINARI (M.I.
Nº 18.553.810).
NOMBRE DEL PROYECTO "Condiciones y medio ambiente
de Trabajo en la pesca costera Argentina. Diagnóstico y propuesta
para la prevención de riesgos".
LÍNEA Nº 6: Condiciones y medio ambiente de
trabajo (CyMAT) de la actividad de mensajería y cadetería.
INVESTIGADOR: Magíster Licenciado Carlos Martín DE
LELLIS (M.I. Nº 14.121.260).
NOMBRE DEL PROYECTO "Propuesta de investigación
sobre las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo de la actividad de
mensajería y cadetería en la Ciudad de BUENOS AIRES".
LÍNEA Nº 9: CyMAT y Salud laboral en los
trabajadores textiles que prestan servicios en talleres de costura
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES.
INVESTIGADOR: Doctor Alejandro GOLDBERG (M.I. Nº
22.810.059).
NOMBRE DEL PROYECTO "Las Condiciones de Trabajo en
los Talleres Textiles en Buenos Aires, factores de riesgo e impacto
en la saludenfermedad de los trabajadores".
Art. 2º — Declárase desierta la selección
para las Líneas Nº 2, Nº 3, Nº 7 y Nº 8.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan H.
González Gaviola.
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