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Legislación Relacionada a la Higiene y Seguridad en el Trabajo

Resolución 1.006/1979

Ministerio de Trabajo

Aclárase una expresión del Decreto 351/79

 
Bs. As., 31/10/79

 

VISTO el artículo 35, Anexo I del Decreto Nº 351/79y la autorización concedida al Ministerio de Trabajo por el artículo 2º del citado Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección Nacional Higiene y Seguridad en el Trabajo de este Departamento de estado, ha recibido de los miembros del Centro Argentino de Ingenieros y de la Asociación Argentina de Higiene y Seguridad en el Trabajo, solicitud de aclaración de los términos "Graduados Universitarios", utilizados en los incisos 1, 3 y 4 del artículo 35 del Anexo I del Decreto Nº 351/79 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y que durante la revisión del Decreto Nº 4160/73 practicada por personal de la citada Dirección Nacional y representantes de organismo oficiales y privados, durante los años 1977 y 1978, se estableció un acuerdo unánime que la citada expresión se refería a médicos, ingenieros y químicos.

Por ello,

El Ministro de Trabajo

Resuelve:

 

Art. 1- Aclarar que la expresión "Graduados Universitarios" utilizada en los incisos 1, 3 y 4 del artículo 35, Anexo I del Decreto Nº 351/79 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, se refiere exclusivamente a médicos, ingenieros y químicos.

Art. 2- Registrar, comunicar, dar a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, remitir copia autenticada al Departamento de Publicaciones y Biblioteca y archivar.

 

 
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Última modificación: 04 de marzo de 2022