Sancionada: Julio 27 de 2011
Promulgada de Hecho: Agosto 24 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos
en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Art. 1- Apruébase el Convenio 155 de la Organización
Internacional del Trabajo, relativo a la seguridad y salud de los
trabajadores, adoptado el 22 de junio de 1981 y el Protocolo de 2002
relativo al convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores,
adoptado el 20 de junio de 2002, en Ginebra, Confederación Suiza,
cuyas copias autenticadas forman parte de la presente ley.
Art. 2- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS
AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.693 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. —
Luis G. Borsani.
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