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Legislación Relacionada a la Higiene y Seguridad en el Trabajo

Principal Ley 20.429 Explosivos Pirotecnia

Armas y Explosivos

Que el artículo 146 del Anexo I del Decreto 351/79 sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo establece que: "En los establecimientos en donde se fabriquen, depositen o manipulen sustancias explosivas se cumplirá lo reglamentado por Fabricaciones Militares."

 

Que el artículo 1º del Decreto 37/2001 establece que: "Reasígnase al MINISTERIO DE DEFENSA - REGISTRO NACIONAL DE ARMAS el ejercicio de las atribuciones y funciones que los artículos 4° y 5° de la Ley N° 20.429 y modificatorias y los artículos 27 y 34 de la Ley N° 12.709, modificados por la Ley N° 20.010 y por el Decreto N° 760 del 30 de abril de 1992, le otorgan al MINISTERIO DE DEFENSA - DIRECCIÓN GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES."

 

Por consiguiente para lo establecido por el citado artículo 146, aplica la Ley 20.429, Ley Nacional de Armas y Explosivos, siendo su Autoridad de Aplicación el REGISTRO NACIONAL DE ARMAS (RENAR).

 

 

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Última modificación: 06 de septiembre de 2024