Resolución 1.389/2004
SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS
PROHIBESE EN TODO EL TERRITORIO
NACIONAL EL USO DE PROTEÍNAS DE ORIGEN ANIMAL, EXCEPTO LAS QUE CONTIENEN
PROTEÍNAS LÁCTEAS, HARINAS DE PESCADO, HARINAS DE HUEVO Y HARINAS DE PLUMAS,
PARA LA ADMINISTRACIÓN CON FINES ALIMENTICIOS O SUPLEMENTARIOS A ANIMALES
RUMIANTES. ASIMISMO SE PROHÍBE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL LA UTILIZACIÓN DE
CAMA DE POLLO Y/O RESIDUOS DE LA CRIA DE AVES, EN LA ALIMENTACIÓN DE ANIMALES.
Resolución
341/2003
SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA
ESTABLECESE COMO OBLIGATORIA LA
HABILITACIÓN Y EL
REGISTRO EN EL SENASA DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS Y/O ESTABLECIMIENTOS
QUE ELABOREN, FRACCIONEN, DEPOSITEN, DISTRIBUYAN, IMPORTEN O EXPORTEN PRODUCTOS
DESTINADOS A LA ALIMENTACIÓN ANIMAL. DEFINICIONES. REGISTRO DE LOS
ESTABLECIMIENTOS Y/O FIRMAS. SOLICITUDES DE HABILITACIÓN Y REGISTRO.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. INSTALACIONES. GUÍA MARCO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA
PREVENCIÓN DE CONTAMINACIÓN CRUZADA. ABROGANSE LAS RES. EX- SENASA 1101/93 Y
1013/94; Y, SENASACA 482/01, 273/02 Y 215/02.
Resolución 488/2002
SERVICIO NAC. DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
INSTRUMENTASE UN SISTEMA QUE PERMITE
ACTUAR PREVENTIVAMENTE EN TODOS AQUELLOS CASOS EN QUE SE HALLE COMPROMETIDA LA
SANIDAD ANIMAL, VEGETAL O CALIDAD AGROALIMENTARIA EN LA QUE PUDIERE EXISTIR UN
RIESGO PARA LA SALUD HUMANA. INTERDICCIONES Y CLAUSURAS PREVENTIVAS. SECUESTRO
DE LA COSA. DEPOSITO. ACTA DE CONSTATACIÓN. TERMINO DE LA RESTRICCIÓN. DECOMISO.
DESTINO DE LA COSA DECOMISADA, TRAFICO FEDERAL. DENUNCIAS. COSA. DEFINICIÓN.
Resolución 485/2002
SERVICIO NAC. DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
PROHIBESE EN TODO EL TERRITORIO
NACIONAL EL USO DE PROTEÍNAS DE ORIGEN MAMÍFERO, YA SEA COMO ÚNICO INGREDIENTE O
MEZCLADA CON OTROS PRODUCTOS, PARA LA ADMINISTRACIÓN CON FINES ALIMENTICIOS O
SUPLEMENTARIOS A ANIMALES RUMIANTES. DEROGASE LA RESOLUCIÓN NRO. 611/96. (NOTA:
ABROGADA POR ART. 17 DE LA RES. 1389/04 - BO 4/1/05, PAG. 6).
Resolución 273/2002
Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria
SUSTITUYESE EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN
NRO. 482/2001, MEDIANTE LA CUAL SE DETERMINARON LAS CONDICIONES
HIGIENICOSANITARIAS Y NIVELES DE GARANTÍA ESTABLECIDOS EN EL MARCO REGULATORIO
PARA LAS FIRMAS ELABORADORAS, FRACCIONADORAS, IMPORTADORAS, EXPORTADORAS Y/O
DISTRIBUIDORAS DE PRODUCTOS DESTINADOS A LA ALIMENTACIÓN ANIMAL. (NOTA: ABROGADA
POR ART. 9 DE LA RES. 341/03 - BO 30/7/03, P. 8).
Resolución
218/2002
Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Derógase la Resolución
231/2002, por medio de la cual se creó el Sistema Argentino de Trazabilidad
para el Sector Agroalimentario.
Resolución 525/2001
Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación
Tolerancias de pureza genética en semillas de cultivares de maíz.
Resolución 492/2001
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria
Establécese el Registro de Exportadores y/o
Importadores de animales, vegetales, material reproductivo y/o
propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o
vegetal o mercaderías que contengan entre sus componentes ingredientes de
origen animal y/o vegetal.
Resolución 482/2001
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria
Marco
Regulatorio sobre las condiciones higiénico-sanitarias de los
establecimientos y/o firmas que obtengan su inscripción en los rubros:
elaborador, fraccionador, importador, exportador y/o distribuidor de
productos destinados a la alimentación animal, como asimismo referidas a
los productos que éstos elaboren y/o comercialicen. (NOTA: ABROGADA POR
ART. 9 DE LA RES. 341/03 - BO 30/7/03, P. 8).
Resolución 462/2001
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria
Establécese que la totalidad de los residuos y desechos
orgánicos de origen animal y vegetal, provenientes del exterior en
cualquier medio de transporte, deberán ser destruidos, incluidos los
envases contenedores de comida y los elementos descartables provistos para
el consumo a bordo.
Resolución Conjunta 148/2001 y 650/2001
Secretaría de Políticas y Regulación Sanitaria y Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Incórporase la Resolución
47/98-GMC, referida al Reglamento
Técnico Mercosur sobre papeles de filtro para cocción y filtración en caliente,
al citado Código.
Resolución 148/2001
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Modalidades del reconocimiento de inscripciones del Registro de
establecimientos otorgadas o delegadas por el Instituto Nacional de
Alimentos.
Resolución SAGPyA 125/98
Secretaría
de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación
Cuando en una muestra se detecte la presencia de
residuos de sustancias químicas sintéticas o naturales que se encuentren
en los productos en niveles superiores a los establecidos como límite, se
deberá verificar el origen del producto del cual se ha tomado la muestra y
realizar una inspección al establecimiento de producción primaria, o en
caso de productos importados efectuar los reclamos pertinentes al país de
origen, de acuerdo a las normativas vigentes.
Resolución 611/1996
SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL (SENASA)
Publicada en el
Boletín Oficial 28.493 del 07/10/1996
PROHIBASE LA ADMINISTRACIÓN CON FINES
ALIMENTICIOS O SUPLEMENTARIOS DE PROTEÍNAS CUYO ORIGEN SEA DE ANIMALES RUMEANTES
(HARINAS DE HUESO, HARINAS DE CARNES, HARINAS DE CARNE Y HUESO, HUESO DIGESTADO
MOLIDO, HARINAS DE ORÉGANO Y CUALQUIER OTRO PRODUCTO QUE LAS CONTENGA) A LOS
ANIMALES RUMIANTES. (NOTA: ABROGADA POR ART. 10 DE LA RES. 485/02 - BO 4/6/02).
Resolución 240/1995
SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL (SENASA)
Publicada en el
Boletín Oficial 28.144 del 16/05/1995
DEROGASE LA DISPOSICIÓN Nº 269 DEL 31
DE JULIO DE 1969 Y EXTIENDESE LA PROHIBICIÓN AL USO DE PRODUCTOS VETERINARIOS
FORMULADOS EN BASE A LINDANO, DISPUESTA POR LA LEY 18.073.
Resolución 252/1995
SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL (SENASA)
Publicada en el
Boletín Oficial 28147 del 19/05/1995
PROHIBESE EN TODO EL TERRITORIO
NACIONAL LA UTILIZACIÓN DE HARINAS DE CARNE Y HUESO, DE ORIGEN BOVINO Y/U OVINO
PARA LA ALIMENTACIÓN DE RUMIANTES, A PARTIR DE LOS CIENTO VEINTE (120) DÍAS DE
LA FECHA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
Resolución 1.101/1993
SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD ANIMAL
Publicada en el
Boletín Oficial del 08/11/1993
ACTUALIZANSE LOS REGISTROS DE LOS
ESTABLECIMIENTOS EN LOS QUE SE TRATEN, MANIPULEN, ELABOREN, INDUSTRIALICEN,
FRACCIONEN, ESTACIONEN, ENVASEN O DEPOSITEN PRODUCTOS DESTINADOS A LA NUTRICIÓN
ANIMAL. (NOTA: ABROGADA POR ART. 9 DE LA RES. 341/03 - BO 30/7/03, P. 8).
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